lunes, mayo 11

ACUERDOS DEL CONSEJO REGIONAL DE SANTIAGO QUE BENEFICIAN A NUESTRA COMUNA



Con fecha 25 de marzo del presente año, el Consejo Regional de Santiago aprobó financiar la ejecución de dos proyectos en nuestra comuna, a saber:


miércoles, mayo 6

POSTULA A BECA PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES




Primera Convocatoria Año 2015


La Ley N°20.742, publicada el 1° de abril de 2014 en el Diario Oficial, le otorgó a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo la facultad para crear y administrar el Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales a través de la Academia de Capacitación Municipal y Regional, disponiendo de financiamiento anual vía Ley de Presupuestos. El Fondo está destinado a la formación de funcionarios municipales en competencias específicas, habilidades y aptitudes que requieran para el desempeño de su cargo. Podrá financiar estudios conducentes a la obtención de un título técnico, profesional, diplomado o postítulo. El funcionario beneficiado con una beca del Fondo deberá desempeñarse en la municipalidad la misma cantidad de años estudiados.

¿QUÉ ESTUDIOS FINANCIA EL FONDO Y COMO SE DECIDIRÁN LOS CONTENIDOS?
Las áreas de estudios que se financiarán con los recursos del Fondo son aquellas cuyos contenidos estén directamente relacionados con materias afines a la gestión y funciones propias de las municipalidades. Entre otros aspectos, las municipalidades deberán elaborar un plan anual de áreas prioritarias de estudio financiables por esta vía, criterios de selección de los postulantes y las condiciones que permitan el acceso igualitario de sus funcionarios a este beneficio. El plan anual deberá ser presentado al Concejo Municipal junto con el presupuesto. La postulación al Fondo se realizará a través de una convocatoria pública para cada uno de los estudios técnico, profesional, diplomado y postítulo, la que se difundirá por medio de avisos publicados en un diario de circulación nacional y de la página web de la Academia.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA POSTULAR?
Ser funcionario de planta o contrata, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad inmediatamente anteriores al momento de la postulación.
No haber sido sancionado con medida disciplinaria en los últimos cuatro años ni estar sometido, al momento de la postulación, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado.
No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso penal.
No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas.
Otros requisitos mínimos para postular son definidos en el Reglamento del Fondo de Becas.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DEL FONDO O BECA DE CAPACITACIÓN?
Un monto equivalente al costo total o parcial del arancel más matrícula por la totalidad de duración del programa académico de formación técnica, profesional, diplomado o postítulo según lo solicitado por el becario en la postulación al respectivo concurso.
Una asignación mensual de manutención por un máximo de 13 UTM, por un máximo de 2 años.

Plan Anual de Municipalidades al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales, ingresar aquí


martes, mayo 5

Protección Social para Todas y Todos

A partir del 1 de mayo IPS comenzó a pagar el Bono Invierno 2015



El Bono corresponde a $55.094 pesos que serán cancelados a cerca de 1 millón de pensionados en todo el país, los cuales deben tener como tener más de 65 años de edad y recibir una pensión inferior o igual a $ 144.224.

El Bono Invierno es un beneficio que se entrega durante el mes de mayo a los pensionados y pensionadas que cumplan con los requisitos que fija la ley, para ayudarles a enfrentar los gastos propios de la época invernal.

¿Cuánto es el monto del bono?
El monto del beneficio este año es de $ 55.094 por pensionado. El bono es de cargo fiscal; no es imponible ni tributable ni afecto a descuento alguno.

¿A quiénes beneficia?
Tienen derecho al Bono de Invierno los siguientes grupos de pensionados, que tengan 65 o más años:
-       Del Instituto de Previsión Social.
-       De pensiones básicas solidarias.
-       Del Instituto de Seguridad Laboral.
-       De la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca)
-       De la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
-       De las Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo.
-       Del Sistema de AFP que reciban pensiones mínimas con Garantía Estatal y quienes en ese sistema reciban Aporte Previsional Solidario de Vejez.

Para recibir el bono, todas las personas anteriores deben cumplir con los requisitos siguientes:
-       Tener 65 o más años de edad, al 1º de mayo de 2015.
-       El monto de su pensión debe ser inferior o igual a $ 144.224.

Quienes sean titulares de más de una pensión, sólo tendrán derecho a un Bono de Invierno, siempre que la suma de las pensiones que perciban, de cualquier tipo, no supere los $144.224.

¿Cuándo se hará efectivo el pago del bono?
En el caso de los beneficiarios del IPS, el bono se incluirá en la liquidación de pago de pensión del mes de mayo de 2015. Es decir, recibirán este beneficio en su fecha y lugar de pago, ya programada y conocida, durante el mes de mayo.
Las personas no tendrán que hacer trámites adicionales para recibir el beneficio.

¿Cuántos beneficiarios del IPS recibirán este bono?
Hasta ahora, se estima que, a nivel nacional, cerca de 1 millón de personas recibirán el bono de invierno, entre beneficiarios del IPS y de las otras instituciones de previsión.
Para la entrega del bono se estima un gasto cercano a los 55 mil millones de pesos.

Cabe señalar que, desde el año pasado -gracias a una de las primeras medidas del Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet-  no se considera el Aporte Previsional Solidario como parte de la pensión base que sirve de tope para la entrega del Bono de Invierno. Esto significó que, desde el 2014, más de 350 mil personas adicionales en total estén recibiendo este beneficio, en comparación con lo que ocurría antes del año 2014 (esa personas están hoy incluidas dentro del millón de beneficiarios).

Fuente: http://www.ips.gob.cl/