martes, mayo 31

Pensión Básica Solidaria (PBS)

Es un beneficio monetario mensual al que pueden acceder todas las personas que no tengan derecho a una pensión en algún régimen previsional y cumplan los requisitos determinados por la ley.
Este beneficio es parte del Pilar Solidario de la Reforma Previsional (Ley N°20.255) y contempla dos tipos de pensiones: de vejez y de invalidez.
El derecho a una PBS está sujeto a un proceso de revisión por parte del Instituto de Previsión Social (IPS), destinado a verificar que el beneficiario mantiene todos los requisitos exigidos por la ley.

Pensión Básica Solidaria de Vejez

Permite acceder al pago mensual de 89 mil 764 pesos($89.764) a mayores de 65 años que cumplan los requisitos establecidos en la ley.

Pensión Básica solidaria de Invalidez


Permite acceder al pago mensual de 89 mil 764 pesos ($89.764) a personas que son declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.

Restitución de Pensiones Básicas Solidarias


La restitución de la PBS a las personas que la perdieron sin causa aparente es la medida N°15 de los compromisos de la Presidenta Michelle Bachelet para los 100 primeros días de su Gobierno. Esto consiste en un proceso de revisión para reestablecer este derecho a las personas que actualmente cumplen con las condiciones exigidas.
¿Qué tienen que hacer las personas?
Durante mayo de 2014, a los exbeneficiarios de PBS se les enviará una carta certificada donde se les notificará que en su condición actual pueden recuperar el derecho a solicitar y obtener nuevamente una de estas pensiones.
En esta carta se adjuntará un formulario que deben llenar con sus datos y entregar en la sucursal del IPS-ChileAtiende más cercana a su domicilio.
El Instituto de Previsión Social (IPS) procesará la información y determinará desde cuándo podrán recibir nuevamente la PBS, siempre que su situación no se haya modificado desde la emisión de la carta.

Más información

  • Si requiere más información, llame al 600 440 0040 o al call center 101 de ChileAtiende.

miércoles, mayo 4

BONO INVIERNO 2016: SEPA SI ES BENEFICIARIO (A)

La asignación será entregada a personas de 65 años o más, y podrán retirar el dinero al momento de recibir su pensión. Aquí le contamos todo lo que debe saber del Bono Invierno 2016.


                  
La asignación será entregada a personas de 65 años o más, y podrán retirar el dinero al momento de recibir su pensión. Aquí le contamos todo lo que debe saber del Bono Invierno 2016.
Durante mayo, los adultos de la tercera edad, podrán retirar el "Bono Invierno 2016", junto a sus pensiones. Es un beneficio que se entrega una sola vez y este año el monto corresponde a $ 57.353.




¿Hay que postular? 

No es necesario postular. 

¿Quiénes reciben el bono de invierno? 

Las personas con 65 años cumplidos (al 1 de mayo del 2016) y recibir un monto igual o menor a la Pensión Mínima de Vejez ($149.907). Además, los beneficiarios deben pertenecer a una de las siguientes categorías: 
  • Primer grupo: Instituto de Previsión Social (como ex INP; es decir, de las excajas de reparto), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA), Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) o Mutualidades de empleadores
  • Segundo grupo: pensionados del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV). 
  • Tercer grupo: beneficiarios de Pensiones Básicas Solidarias de Vejez (PBSV). 

¿Cómo se cobran estos pagos?

Si es uno de los beneficiados, debe retirar el bono al momento de recibir su pension mensual.

¿Qué puedo y no puedo hacer con el dinero?

Es importante destacar que el bono debe ser utilizado para enfrentar el invierno. Por lo tanto,  no se puede usar, para el pago de impuestos, ni cotizaciones.  

¿Dónde puedo solicitar más información?

Si tiene dudas sobre el proceso, o cree que cumple con los requisitos, pero no recibio el bono, puede apelar en los puntos de atención de IPS/ChileAtiende, o bien, llamar a su call center marcando el 101.
Otra alternativa es llamar al teléfono 600 440 00 40 del Ministerio de Desarrollo Social, del Instituto de Previsión Social.