jueves, agosto 25

BONO AL TRABAJO DE LA MUJER

Descripción

Es un aporte en dinero que premia el esfuerzo de mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Éste varía de acuerdo con la renta que reciben, y se paga a aquellas que mantienen al día sus cotizaciones previsionales y de salud.
Además, como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo. El beneficio para las trabajadoras corresponderá a 2/3 del bono durante cuatro años continuos y 1/3 para el empleador (por 24 meses).
Revise cómo apelar en caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas. Conozca los documentos requeridos para apelar.
Conozca el monto a recibir por el pago anual o reliquidación 2015.
Para realizar el cobro, las personas que solicitaron el pago en efectivo deberán presentarse, a partir del jueves 25 agosto, en la red de atención de Banco Estado o ServiEstado con su cédula de identidad vigente. El plazo para realizar este cobro es hasta el 22 de noviembre de 2016.
Quienes escogieron la modalidad de pago depósito, recibirán su pago a través del depósito de cuenta bancario, cuenta RUT en la cuenta y banco que hayan señalado al momento de la inscripción en el bono o el subsidio.
Este bono es incompatible con el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) y con cualquier otro programa estatal de generación de empleo.
La postulación se puede realizar durante todo el año.Revise si cumple los requisitos.

1. Detalles

Consulte si tiene montos no cobrados del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), correspondiente al año 2014. Este dinero puede ser retirado por los usuarios/as desde el 8 de junio en cualquier sucursal de BancoEstado o ServiEstado, en modalidad efectivo y estarán disponibles en el banco durante 90 días, es decir hasta el día 8 de septiembre de 2016.Obtenga más información.

2. Beneficiarios

Trabajadoras dependientes, regidas por el Código del Trabajo, que:
  • Tengan entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses).
  • Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población. Es decir, 113 puntos o menos de Puntaje de Focalización Social (PFS).
  • Acrediten una renta bruta inferior a 5 millones 284 mil 532 pesos durante el año-calendario en que perciban el bono. Para 2016, si las trabajadoras reciben el beneficio a través de pagos provisionales mensuales, deben acreditar una remuneración bruta inferior a 440 mil 378 pesos mensuales.
  • Estén al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud en el período en que se les concede el bono.
  • No trabajen en una institución del Estado o en una empresa que tenga participación pública superior al 50%.
También son beneficiarios los empleadores de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. El pago de la parte del bono que les corresponde a los empleadores se cancelará en forma mensual.
Trabajadoras independientes que:
  • Tengan entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses).
  • Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población. Es decir, 113 puntos o menos de Puntaje de Focalización Social (PFS).
  • Acrediten una renta bruta inferior a 5 millones 284 mil 532 pesos durante el año-calendario en que se concede el bono.
  • Acrediten que el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud se encuentran al día durante el año-calendario en que se concede el bono.

3. Vigencia

El beneficio para la trabajadora dura cuatro años continuos, a partir del mes siguiente a la presentación de la solicitud.

4. Documentos requeridos

Ninguno.

Fuente: www.ChileAtiende.cl

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