lunes, febrero 20

PROGRAMA DE PAGO DE CUIDADORES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Descripción

Permite a cuidadores y cuidadoras de personas con dependencia severa acceder a un beneficio (estipendio) no postulable que consiste en un pago máximo mensual de $26 mil 700 por la prestación de sus  servicios.
El otorgamiento del beneficio lo realiza el Ministerio de Desarrollo Social, y el pago lo efectúa mensualmente el Instituto de Previsión Social (IPS) a nombre del cuidador, a través de depósito bancario.
El pago del beneficio es compatible con otros beneficios que entrega el Estado, debido a que no constituye renta ni es imponible.
Al ser un beneficio que se entrega a través de depósito bancario, accederá automáticamente a un subsidio mensual de $700 para cubrir parte de los costos por uso de la cuenta.
1. Detalles
Importante:
  • El monto del beneficio se reajustará anualmente conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), reportado en diciembre del año anterior a su ejecución, siempre que exista disponibilidad presupuestaria en la Ley de Presupuestos del Sector Público.
  • Podrá concederse a un mismo cuidador hasta tres estipendios por distintos causantes, si es pariente de éstos por consanguinidad o afinidad, y hasta dos estipendios por distintos causantes, si el cuidador no tiene vínculo de parentesco con los causantes.

2. Beneficiarios

Son beneficiarios aquellos cuidadores directos de personas con dependencia severa (causantes) según lo establecido en el Programa de atención domiciliaria del Ministerio de Salud, y que cumplan con los siguientes requisitos:
  • Cuidadores que no sean, únicamente, los proveedores y encargados de las condiciones sociales y económicas del causante.
  • No sean cuidadores institucionalizados.
Son causantes del programa de pago de cuidadores: personas que presenten dependencia severa para realizar actividades de la vida cotidiana según Índice de Barthel (menor o igual a 35 puntos según escala) y que cumplan los siguientes requisitos:
  1. Estén inscritos en el centro de salud que corresponda a su domicilio, y que soliciten por escrito el beneficio.
  2. No se encuentren institucionalizados en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor o en otro establecimiento de larga estadía para personas de menor edad.
  3. Sean beneficiarios de FONASA A o B. Si no es beneficiario de FONASA A o B, debe estar clasificado en una de las siguientes alternativas:

3. Vigencia

El estipendio se percibirá desde el mes siguiente a la fecha de su concesión, se extenderá mientras se cumplan los requisitos y exista disponibilidad económica en las leyes de presupuestos del sector público de los años respectivos, lo cual será verificado por el Ministerio de Desarrollo Social.

4. Documentos requeridos

Ninguno. Los beneficiarios son seleccionados mediante a cruces de bases de datos administrativas disponibles en el Ministerio de Desarrollo Social.

5. Costo del trámite

No tiene costo.

miércoles, febrero 15

CENSO 2017: PAGARA A CENSISTAS VOLUNTARIOS

¿Qué es el censo?
Corresponde al conteo y caracterización de viviendas y habitantes del territorio nacional, que se realizará el miércoles 19 de abril de 2017. Este permitirá obtener la información necesaria para: la implementación de políticas públicas; la toma de decisiones privadas y públicas; las proyecciones de población; y la generación de indicadores fundamentales para el país.

Censistas recibirán pago 
El Censo 2017 se hará con censistas voluntarios. Tradicionalmente se ha contado con una importante participación de estudiantes, profesores y empleados públicos. Para el Censo 2017 se necesitará la colaboración de más de 400 mil encuestadores voluntarios. Todos los chilenos y chilenas, y/o extranjeros y extranjeras, que quieran ser voluntarios, pueden inscribirse para poder comenzar a participar en el proceso de selección.
Los censistas y supervisores recibirán una compensación económica de $15 mil y $25 mil, respectivamente. Esto es para cubrir gastos adicionales en que pueda incurrir la persona en movilización y alimentación (aunque recibirá en forma gratuita una colación ese día).
Fuente: www.Chileatiende.cl

martes, febrero 14

INSCRIBETE PARA REALIZAR EXÁMENES LIBRES GRATUITOS


¿A quién está dirigida?
Podrán inscribirse las personas mayores de 18 años para validar los niveles de Educación Básica y Media.

¿En qué consiste?

1. Validación de Estudios para iniciar o continuar Educación Básica y/o Media:
Se pueden rendir exámenes de validación de estudios para certificar niveles educativos, ya sea de Enseñanza Básica o Media. Este certificado es válido para continuar estudios y para cualquier trámite en que sea requerido.
2. Validación de Estudios para fines laborales:
La Validación de Estudios para fines laborales es una excepción dentro de la normativa del Ministerio de Educación y tiene como propósito apoyar a las personas que se encuentran en situaciones que les exigen tener un certificado de estudios. Estas situaciones comprenden una solicitud por parte del empleador, acogerse a jubilación o realizar trámites previsionales, entre otras. Por estos motivos, este certificado no habilita para continuar estudios.
Se pueden inscribir las personas mayores de 18, que requieran certificar 8º Básico Laboral o 4º Medio Laboral.

¿Cómo puedo inscribirme?

1. ¿Qué documentación debo presentar para poder inscribirme para rendir exámenes de validación de estudios?
  • Cédula de identidad nacional.
  • Certificados de los cursos previos al nivel a validar para el caso de nacionales (residentes en chile o en el extranjero) y en el caso de extranjeros los certificados anteriores convalidados.
Plazos oficiales validación de estudios adultos


¿Dónde puedo inscribirme?

En nuestra oficina ubicada en Las Hortensias 400 en horario de 08.30 a 17.30 horas.

lunes, febrero 13

Aporte familiar Permanente 2017: Desde el 1 de marzo podrás consultar si eres beneficiario

En marzo, en el sitio www.aportefamiliar.cl encontrarás la información sobre este beneficio del Gobierno, que este año aumentará a $44.209 por familia o carga familiar.
A partir del miércoles 1 de marzo estará disponible en el Instituto de Previsión Social (IPS) el listado del primer grupo de beneficiarios del Aporte Familiar Permanente 2017 (ex Bono Marzo), que desde el año 2014 el Gobierno entrega en este mes a las familias que cumplen los requisitos legales.

Esta iniciativa, que pretende aliviar la carga económica del inicio del año, constituyó la primera medida de la Presidenta de la República Michelle Bachelet en materia de protección social, quien le dio el carácter de permanente.

Este año, el Aporte Familiar Permanente aumentará a $44.209 por familia o por carga familiar, dependiendo del tipo de beneficiario. El monto de este aporte se reajusta todos los años, dependiendo del IPC anual.

De esta manera, la entrega del Aporte Familiar Permanente, al igual que el año anterior, se hará en dos etapas:
 
  • Desde el 1 de marzo podrán consultar los beneficiarios de Subsidios Familiares, Chile Solidario e Ingreso Ético Familiar, que cobran estos beneficios en el Instituto de Previsión Social, IPS. Ellos son el primer grupo de beneficiarios.
 
  • A partir del 15 de marzo podrán consultar por el pago de este beneficio los trabajadores que reciben Asignaciones Familiares, quienes constituyen el segundo grupo de personas que reciben el Aporte Familiar Permanente.
 
Así, de acuerdo a lo programado, los canales de consulta para saber si se tiene derecho a este beneficio serán informados y habilitados por el IPS desde el 1 de marzo, período en el que también se informarán más detalles de requisitos y formas de pago.