miércoles, agosto 31

COMO AFILIARSE A FONASA

Descripción

Corresponde al procedimiento mediante el cual los trabajadores dependientes e independientes, y las personas jubiladas pasan a formar parte del sistema público de salud. Con esto, tanto ellos como sus cargas legales (cónyuge, hijos o quien cumpla los requisitos) tienen derecho a acceder prestaciones médicas en la red pública o privada de salud y, también, en la modalidad de libre elección. Las personas que se afilian a FONASA deben cotizar mensualmente el 7% de su sueldo imponible, cuyo tope legal es de 74,3 Unidades de Fomento (UF), y no pueden estar afiliadas a una ISAPRE, ya que ambos sistemas son incompatibles.

 

jueves, agosto 25

BONO AL TRABAJO DE LA MUJER

Descripción

Es un aporte en dinero que premia el esfuerzo de mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Éste varía de acuerdo con la renta que reciben, y se paga a aquellas que mantienen al día sus cotizaciones previsionales y de salud.
Además, como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo. El beneficio para las trabajadoras corresponderá a 2/3 del bono durante cuatro años continuos y 1/3 para el empleador (por 24 meses).
Revise cómo apelar en caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas. Conozca los documentos requeridos para apelar.
Conozca el monto a recibir por el pago anual o reliquidación 2015.
Para realizar el cobro, las personas que solicitaron el pago en efectivo deberán presentarse, a partir del jueves 25 agosto, en la red de atención de Banco Estado o ServiEstado con su cédula de identidad vigente. El plazo para realizar este cobro es hasta el 22 de noviembre de 2016.
Quienes escogieron la modalidad de pago depósito, recibirán su pago a través del depósito de cuenta bancario, cuenta RUT en la cuenta y banco que hayan señalado al momento de la inscripción en el bono o el subsidio.
Este bono es incompatible con el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) y con cualquier otro programa estatal de generación de empleo.
La postulación se puede realizar durante todo el año.Revise si cumple los requisitos.

1. Detalles

Consulte si tiene montos no cobrados del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), correspondiente al año 2014. Este dinero puede ser retirado por los usuarios/as desde el 8 de junio en cualquier sucursal de BancoEstado o ServiEstado, en modalidad efectivo y estarán disponibles en el banco durante 90 días, es decir hasta el día 8 de septiembre de 2016.Obtenga más información.

2. Beneficiarios

Trabajadoras dependientes, regidas por el Código del Trabajo, que:
  • Tengan entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses).
  • Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población. Es decir, 113 puntos o menos de Puntaje de Focalización Social (PFS).
  • Acrediten una renta bruta inferior a 5 millones 284 mil 532 pesos durante el año-calendario en que perciban el bono. Para 2016, si las trabajadoras reciben el beneficio a través de pagos provisionales mensuales, deben acreditar una remuneración bruta inferior a 440 mil 378 pesos mensuales.
  • Estén al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud en el período en que se les concede el bono.
  • No trabajen en una institución del Estado o en una empresa que tenga participación pública superior al 50%.
También son beneficiarios los empleadores de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. El pago de la parte del bono que les corresponde a los empleadores se cancelará en forma mensual.
Trabajadoras independientes que:
  • Tengan entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses).
  • Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población. Es decir, 113 puntos o menos de Puntaje de Focalización Social (PFS).
  • Acrediten una renta bruta inferior a 5 millones 284 mil 532 pesos durante el año-calendario en que se concede el bono.
  • Acrediten que el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud se encuentran al día durante el año-calendario en que se concede el bono.

3. Vigencia

El beneficio para la trabajadora dura cuatro años continuos, a partir del mes siguiente a la presentación de la solicitud.

4. Documentos requeridos

Ninguno.

Fuente: www.ChileAtiende.cl

Aguinaldo de Fiestas Patrias 2016 para pensionados

Es una suma de dinero que se paga por una sola vez, junto con la respectiva pensión de septiembre, a los beneficiarios que cumplan los requisitos (ver campo beneficiarios).
El monto base del aguinaldo de Fiestas Patrias 2016 es de 17 mil 843 pesos. A eso se le suman $9.154 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2016.
El dinero del aguinaldo de Fiestas Patrias no está afecto a descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni de cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).
Sólo por esta ocasión, algunas de las fechas de pago serán reprogramadas. Por eso, revise su liquidación de pago de pensión de agosto, donde se informa qué día recibirá el aguinaldo junto con su pensión de septiembre.

Beneficiarios


Personas que al 31 de agosto de 2016 tengan alguna de estas calidades:
·         Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez ode Invalidez.
·         Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
·         Pensionados de las leyes de Exonerados Políticos,Ley Nº19.234.
·         Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744.
·         Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
·         Pensionados de reparación: Ley N°19.123 (Rettig) yLey N°19.992 (Valech).
·         Beneficiarios de Indemnizaciones del Carbón, Ley Nº19.129.
·         Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).

·         Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental.

    Fuente: ChileAtiende.cl