miércoles, diciembre 9

Segundo retiro de las AFP: Poder Judicial lanza plataforma para facilitar retención por pensión de alimentos


 ¿Qué pasó?

El Poder Judicial informó que a partir de este jueves 10 de diciembre estará disponible la plataforma "Trámite Fácil", donde se realizará la solicitud de retención del segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones por deudas de pensión de alimentos.

En la misma plataforma se podrá gestionar la solicitud para la subrogación.

¿Cómo realizar el trámite?

Para concretar la solicitud habrá que ingresar al sitio web tramitefacil.pjud.cl, donde se encuentra el botón "Retención judicial del retiro del segundo 10% de las AFP".

Al hacer click en dicha opción, se desplegará un formulario con los datos básicos del solicitante, del demandado y de la causa.

A diferencia del primer retiro, y con el objetivo de agilizar la labor de los juzgados, los demandantes tendrán la posibilidad de presentar un solo escrito solicitando la retención judicial.


El proceso

El trámite se podrá realizar a partir de la publicación de la ley, mediante Clave Única o cédula de identidad vigente.

Tras ingresar el formulario, el tribunal comenzará la tramitación de la solicitud, la que implica como primera resolución la cautela de los fondos del demandado hasta que el tribunal genere la liquidación y finalice la solicitud mediante una orden de pago.

Todo lo que necesitas saber sobre el 2do retiro del 10%

Te informamos que a partir de las 9:00 hrs del jueves 10 de diciembre podrás solicitar el 2do retiro del 10% únicamente de manera digital en tu AFP.

A continuación, aclaramos algunas dudas sobre este proceso.

¿Quiénes podrán solicitar el 2do retiro?

Todos los afiliados a una AFP que estén en Chile o en el extranjero y que tengan saldo en sus cuentas. Así también los beneficiarios por pensión de sobrevivencia y los pensionados por renta temporal o retiro programado (vejez, vejez anticipada o invalidez).

No podrán solicitar el 2do retiro quienes tengan altos cargos públicos y de gobierno (Presidente, ministros, subsecretarios, senadores, diputados y jefes de servicio). 

¿Qué pasa si tengo mi cédula de identidad bloqueada o vencida?

Podrás solicitar tu 2do retiro del 10%, ya que en estos casos la validación de los datos se hará con tus claves vigentes de la AFP.

¿Cómo se realizará el pago?

El pago será en dos cuotas:

Equivale a un 50% del monto solicitado y se pagará en un máximo de 10 días hábiles desde que realizaste la solicitud.

El 50% restante se pagará en unmáximo de 10 días hábiles después del primer pago.

¿Cuáles son los medios de pago que podré elegir en este 2do retiro?

Podrás elegir transferencia a tu Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2) o una cuenta bancaria personal, además de cuentas en Cooperativas de Ahorro y Crédito o de Cajas de Compensación, cuyo titular sea el afiliado o beneficiario.

¿En qué momento sabré el resultado de mi solicitud?

Te informaremos por correo electrónico si tu solicitud fue aprobada o rechazada después de 4 días hábiles, a contar de la fecha de la solicitud.

¿Qué puedo hacer si mi solicitud es rechazada?

Te informaremos el motivo de rechazo en un plazo de 4 días hábiles desde que hiciste la solicitud. Después de eso, podrás ingresar una nueva solicitud en tu AFP si la causal de rechazo lo permite.

Al momento de ingresar tu solicitud, verifica que tus datos personales sean los correctos para evitar que ésta sea rechazada. 

Importante:

Recuerda que las dos primeras semanas las solicitudes sólo se realizarán en nuestro sitio web retirounico.planvital.cl

Evita ir a las sucursales.

lunes, diciembre 7

VOLVEMOS AL PASO 2: DE TRANSICIÓN


Desde el día jueves 10 a partir de las 05:00 horas, pasamos al Paso 2, de Transición. 
En qué consiste, acá te contamos:

  • *MODO COVID: Estrategia Sanitaria permanente

SIEMPRE debes respetar las medidas que dicte la autoridad como cordones y aduanas sanitarias y, si eres un caso confirmado, sospechoso o probable de coronavirus o eres contacto estrecho de un caso confirmado, debes hacer cuarentena obligatoria sin posibilidad de permisos, y lo mismo aplica si estás ingresando al país.

Fuente: www.gob.cl

viernes, diciembre 4

BONO COVID NAVIDAD


¿Qué es el Bono Covid Navidad?

 Es un aporte económico que se entregará solo una vez a aquellas personas que hayan sido beneficiadas con el pago del sexto aporte del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) (Por lo mismo, no es un beneficio al que se pueda postular).

¿Quiénes recibirán este bono?

El beneficio se entregará automáticamente a las familias que recibieron el sexto pago del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

¿Cuál es el monto?

El monto del beneficio es de $25.000 por cada integrante que componga el hogar (de acuerdo con el Registro Social de Hogares) y que haya sido beneficiario del sexto aporte del IFE.

El monto será de $55.000 por persona si la familia vive en una comuna que haya estado en Cuarentena (Fase 1) durante la última semana de noviembre (del 24 al 30 de noviembre). Las comunas son: 

  • Biobío: Coronel, Cañete y Lota.
  • Araucanía: Padre las Casas, Temuco, Cholchol, Freire, Lautaro y Traiguén.
  • Los Ríos: Futrono, La Unión, Los Lagos, Valdivia y Lago Ranco.
  • Los Lagos: Ancud, Calbuco, Chonchi, Los Muermos, Puerto Montt, Osorno, Puqueldón, Queilén, Quemchi, Maullín y Hualaihué.
  • Magallanes: Puerto Natales y Punta Arenas.
¿Cuándo se entregará?

En primera instancia, la fecha prevista para entregar este bono es el 21 de diciembre de 2020.

Fuente:www.chileatiende.cl