miércoles, diciembre 9

Segundo retiro de las AFP: Poder Judicial lanza plataforma para facilitar retención por pensión de alimentos


 ¿Qué pasó?

El Poder Judicial informó que a partir de este jueves 10 de diciembre estará disponible la plataforma "Trámite Fácil", donde se realizará la solicitud de retención del segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones por deudas de pensión de alimentos.

En la misma plataforma se podrá gestionar la solicitud para la subrogación.

¿Cómo realizar el trámite?

Para concretar la solicitud habrá que ingresar al sitio web tramitefacil.pjud.cl, donde se encuentra el botón "Retención judicial del retiro del segundo 10% de las AFP".

Al hacer click en dicha opción, se desplegará un formulario con los datos básicos del solicitante, del demandado y de la causa.

A diferencia del primer retiro, y con el objetivo de agilizar la labor de los juzgados, los demandantes tendrán la posibilidad de presentar un solo escrito solicitando la retención judicial.


El proceso

El trámite se podrá realizar a partir de la publicación de la ley, mediante Clave Única o cédula de identidad vigente.

Tras ingresar el formulario, el tribunal comenzará la tramitación de la solicitud, la que implica como primera resolución la cautela de los fondos del demandado hasta que el tribunal genere la liquidación y finalice la solicitud mediante una orden de pago.

Todo lo que necesitas saber sobre el 2do retiro del 10%

Te informamos que a partir de las 9:00 hrs del jueves 10 de diciembre podrás solicitar el 2do retiro del 10% únicamente de manera digital en tu AFP.

A continuación, aclaramos algunas dudas sobre este proceso.

¿Quiénes podrán solicitar el 2do retiro?

Todos los afiliados a una AFP que estén en Chile o en el extranjero y que tengan saldo en sus cuentas. Así también los beneficiarios por pensión de sobrevivencia y los pensionados por renta temporal o retiro programado (vejez, vejez anticipada o invalidez).

No podrán solicitar el 2do retiro quienes tengan altos cargos públicos y de gobierno (Presidente, ministros, subsecretarios, senadores, diputados y jefes de servicio). 

¿Qué pasa si tengo mi cédula de identidad bloqueada o vencida?

Podrás solicitar tu 2do retiro del 10%, ya que en estos casos la validación de los datos se hará con tus claves vigentes de la AFP.

¿Cómo se realizará el pago?

El pago será en dos cuotas:

Equivale a un 50% del monto solicitado y se pagará en un máximo de 10 días hábiles desde que realizaste la solicitud.

El 50% restante se pagará en unmáximo de 10 días hábiles después del primer pago.

¿Cuáles son los medios de pago que podré elegir en este 2do retiro?

Podrás elegir transferencia a tu Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2) o una cuenta bancaria personal, además de cuentas en Cooperativas de Ahorro y Crédito o de Cajas de Compensación, cuyo titular sea el afiliado o beneficiario.

¿En qué momento sabré el resultado de mi solicitud?

Te informaremos por correo electrónico si tu solicitud fue aprobada o rechazada después de 4 días hábiles, a contar de la fecha de la solicitud.

¿Qué puedo hacer si mi solicitud es rechazada?

Te informaremos el motivo de rechazo en un plazo de 4 días hábiles desde que hiciste la solicitud. Después de eso, podrás ingresar una nueva solicitud en tu AFP si la causal de rechazo lo permite.

Al momento de ingresar tu solicitud, verifica que tus datos personales sean los correctos para evitar que ésta sea rechazada. 

Importante:

Recuerda que las dos primeras semanas las solicitudes sólo se realizarán en nuestro sitio web retirounico.planvital.cl

Evita ir a las sucursales.

lunes, diciembre 7

VOLVEMOS AL PASO 2: DE TRANSICIÓN


Desde el día jueves 10 a partir de las 05:00 horas, pasamos al Paso 2, de Transición. 
En qué consiste, acá te contamos:

  • *MODO COVID: Estrategia Sanitaria permanente

SIEMPRE debes respetar las medidas que dicte la autoridad como cordones y aduanas sanitarias y, si eres un caso confirmado, sospechoso o probable de coronavirus o eres contacto estrecho de un caso confirmado, debes hacer cuarentena obligatoria sin posibilidad de permisos, y lo mismo aplica si estás ingresando al país.

Fuente: www.gob.cl

viernes, diciembre 4

BONO COVID NAVIDAD


¿Qué es el Bono Covid Navidad?

 Es un aporte económico que se entregará solo una vez a aquellas personas que hayan sido beneficiadas con el pago del sexto aporte del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) (Por lo mismo, no es un beneficio al que se pueda postular).

¿Quiénes recibirán este bono?

El beneficio se entregará automáticamente a las familias que recibieron el sexto pago del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

¿Cuál es el monto?

El monto del beneficio es de $25.000 por cada integrante que componga el hogar (de acuerdo con el Registro Social de Hogares) y que haya sido beneficiario del sexto aporte del IFE.

El monto será de $55.000 por persona si la familia vive en una comuna que haya estado en Cuarentena (Fase 1) durante la última semana de noviembre (del 24 al 30 de noviembre). Las comunas son: 

  • Biobío: Coronel, Cañete y Lota.
  • Araucanía: Padre las Casas, Temuco, Cholchol, Freire, Lautaro y Traiguén.
  • Los Ríos: Futrono, La Unión, Los Lagos, Valdivia y Lago Ranco.
  • Los Lagos: Ancud, Calbuco, Chonchi, Los Muermos, Puerto Montt, Osorno, Puqueldón, Queilén, Quemchi, Maullín y Hualaihué.
  • Magallanes: Puerto Natales y Punta Arenas.
¿Cuándo se entregará?

En primera instancia, la fecha prevista para entregar este bono es el 21 de diciembre de 2020.

Fuente:www.chileatiende.cl


lunes, noviembre 30

BECA INDÍGENA PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN BÁSICA, MEDIA Y SUPERIOR



Descripción

Para estudiantes de Educación Superior es un aporte monetario de libre disposición por $654.600, que se paga en 10 cuotas, para estudiantes de ascendencia indígena (acreditados por CONADI), que tienen buen rendimiento académico (4,5 de promedio y desde 5,0 para quienes egresan de cuarto medio) y un tramo de hasta el 60% en el Registro Social de Hogares (RSH), con el propósito de facilitar su acceso al sistema educativo.

Los montos son:

  • $100.550 (en dos cuotas semestrales) para alumnos de educación básica.
  • $208.280 (en dos cuotas semestrales) para alumnos de educación media.

¿A quién va dirigido?

Estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser de origen indígena.
  • Tener como nota de promedio mínimo: 4,5 en educación superior y 5,0 para egresados de educación media.
  • Tramo del Registro Social de Hogares (RSH) hasta el 60%.
  • Ser estudiante de una Institución de Educación Superior reconocida por el Estado.
  • Cursar desde el segundo ciclo de enseñanza básica (5º básico) hasta 8º básico, y de 1º medio a 4º medio (incluyendo a la educación técnico-profesional) de un establecimiento público o particular subvencionado.
  • Tener como mínimo una nota promedio de 5,0 en el último curso de educación básica y media.

No pueden postular a este beneficio:

  • Personas con título profesional del nivel superior, estudiantes en práctica y/o que tengan la calidad de egresados de centros de formación técnica, institutos profesionales o universidades.
  • Estudiantes que sobrepasan la duración máxima del beneficio, considerando la duración normal de la carrera (no se considerarán los períodos de suspensión autorizados por el Departamento de Becas).
  • También quedan excluidos los estudiantes que cursen carreras impartidas a distancia por universidades, institutos profesionales o centros de formación técnica (CFT).
  • No pueden postular a la beca aquellos estudiantes que realizan cursos no conducentes a un título profesional o grado de licenciatura cualquiera sea la institución de educación superior que los impartan.
  • Estudiantes extranjeros.
¿Qué necesito para hacer el trámite?

Los y las estudiantes deberán presentar antecedentes cuando no sea posible para JUNAEB validar el cumplimiento de los requisitos para la obtención de la beca, a través de las fuentes secundarias. La presentación de éstos debe efectuarse ante la red colaboradora y/o Dirección Regional de JUNAEBcorrespondiente, los cuales se detallan a continuación:

Fuente: www.chileantiende.cl

miércoles, noviembre 25

DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

El 25 de noviembre
La elección de este día para reivindicar la lucha feminista no es mera casualidad, sino que ldetrás de ella se esconde una historia.

Las hermanas Mirabal -Patria, Minerva y María Teresa- fueron tres activista políticas de la República Dominicana. A finales del 1950 -tras el triunfo de las revoluciones en contra de las dictaduras que sufrían algunos países latinoamericanos- fundaron el grupo revolucionario de extrema izquierda 14 de Junio. Este grupo iba contra el dictador Rafael Leónidas Trujillo, presidente de la República Dominicana entre el 1930 y el 1961.

A consecuencia de su activismo, las tres hermanas fueron torturadas y encarceladas en distintas ocasiones y, finalmente, el 25 de noviembre del 1960 fueron secuestradas y golpeadas por órdenes del dictador Trujillo. El asesinato de las hermanas Mirabal generó un sinfín de protestas en el país y las convirtió en un símbolo latinoamericano en la lucha contra la violencia de género. 

De manera extraoficial, según explica la Organización de las Naciones Unidas, los orígenes de este día se remontan a 1981, cuando militantes y activistas en favor de los derechos de la mujer lanzaban sus protestas contra la violencia de género, para honrar a las hermanas Mirabal.

Sin embargo, no fue hasta el año 2000 cuando la ONU oficializó el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. 

Chile y la violencia contra la mujer
A nivel nacional, a la fecha de hoy son 48 los femicidios a lo largo del 2020 registrados por la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres, mientras que el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género al 25 de noviembre de 2020, en Chile se registran 36 femicidios consumados y 132 femicidios frustrados.

lunes, noviembre 23

BONO BODAS DE ORO



 Descripción

Es un beneficio económico que se otorga a parejas que demuestren 50 años de matrimonio, y cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

El valor actual del bono es de $337.847 y tiene las siguientes características:

  • Se entrega una sola vez en partes iguales ($168.924 para cada cónyuge vivo).
  • Debe ser solicitado en conjunto por los dos cónyuges.
  • Una vez que el matrimonio cumple su 50o aniversario, tiene plazo de un año para realizar el trámite. Si el bono no es cobrado dentro de un plazo de seis meses luego de haber sido emitido, se entenderá como una renuncia al beneficio.
  • El trámite se puede realizar durante todo el año. Debido a la contigencia generada por el Coronavirus, también se puede hacer de forma remota en las redes sociales y el formulario web de ChileAtiende.

    ¿A quién está dirigido? Cónyuges que:

  • No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
  • Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
  • Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
  • Acreditan residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Las personas viudas tendrán derecho al bono en los siguientes casos:

  • Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono.
  • Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio, una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida formará parte de su herencia.

Importante: consulte si es beneficiario llamando al 101.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Para solicitud presencial:

  • Cédula de identidad.
  • Poder notarial, si el trámite se realiza a través de un apoderado.

Para solicitud remota:

  • Copia de la cédula de identidad por ambos lados (fotografía digital).
  • Si desea su pago en una cuenta bancaria, deberá agregar los datos de las cuentas personales de ambos cónyuges (banco, tipo de cuenta, número de la cuenta) y formalizarlo a través del correo electrónico que le indique el funcionario.

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

    En línea:

1. Contacte a ChileAtiende a través de su formulario web (haciendo clic en "solicitar el bono"). También puede acceder a alguna de sus redes sociales (en Facebook, Instagram y Twitter).

2. Escriba el motivo de su contacto: solicitar el bono Bodas de Oro.

3. Responda las preguntas, y adjunte los documentos solicitados.

4. Tras este proceso, habrá solicitado el beneficio.

Importante: esta modalidad estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2020 o hasta que se considere pertinente debido a la contingencia producida por el Coronavirus.

En oficina:

1. Consulte si es beneficiario llamando al 101.

2. Reúna el antecedente requerido.

3. Diríjase a una oficina ChileAtiende.

4. Explique el motivo de su visita: solicitar el bono Bodas de Oro.

5. Entregue los antecedentes requeridos.

6. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Si no se requiere más información, podrá retirar el monto del bono en un centro de pago en la fecha que le indique el ejecutivo (en el caso de depósito, también se le indicará una fecha).

Link de trámite en línea:

https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/5369-bono-bodas-de-oro

Información proporcionada por Instituto de Previsión Social

martes, noviembre 17

Subsidio DS1 Clase Media Segundo Llamado Compra o Construcción de Vivienda


17 de noviembre al 4 de diciembre

Si postulaste al llamado anteriorpodrás aprobar la propuesta de postulación automática ingresando a www.minvuconecta.cl

Tutorial postulación automática

100% online


19 de noviembre al 4 de diciembre

Si es la primera vez que postulas para comprar una vivienda o tus condiciones han cambiado, podrás realizar la postulación en línea en postulacionenlinea.minvu.cl

100% online


23 de noviembre al 4 de diciembre

Si postulas por primera vez a construcción de vivienda en sitio propio o necesitas acreditar alguna situación excepcional, podrás completar el formulario de solicitud de postulación.

Esta opción estará habilitada a partir de las 08:30 horas del lunes 23 de noviembre de 2020
Solicitud de Postulación


Para más información de este llamado pincha aquí




·         Tener mínimo 18 años de edad

·         Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente (o vencida durante 2020)

·         Las personas extranjeras deben contar con Cédula de Identidad para Extranjeros y adjuntar Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile), excepto quienes hayan participado del segundo llamado de 2019 o del primer llamado de 2020 y no fueron beneficiados

·         Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses

·         Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH)

·         Dependiendo del título y tramo al que postulas debes acreditar el siguiente ahorro mínimo y % de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares (RSH):

 



Tener mínimo 18 años de edad
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente (o vencida durante 2020)
  • Las personas extranjeras deben contar con Cédula de Identidad para Extranjeros y adjuntar Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile), excepto quienes hayan participado del segundo llamado de 2019 o del primer llamado de 2020 y no fueron beneficiados
  • Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses
  • Acreditar un ahorro mínimo en la cuenta de ahorro para la vivienda, al último día del mes anterior a la postulación. A partir de esa fecha no deberá efectuar giros en la cuenta
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH). Dependiendo del valor de la vivienda a la que quieres postular dependerá el % tope del RSH y el ahorro mínimo:
  • Viviendas de hasta 1.400 UF: No superar el 80% de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares. Ahorro mínimo de 30 UF
  • Viviendas de hasta 2.000 UF: No superar el 90% de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares. Ahorro mínimo de 50 UF
  • Acreditar la disponibilidad de un terreno por medio de alguna de las siguientes alternativas:

·         Inscripción del sitio a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil

·         Inscripción del sitio a nombre del grupo organizado

·         Certificado Conadi en caso de tierras indígenas

·         Usufructo o derecho real de uso del terreno a favor del postulante

·         Derechos en comunidades agrícolas

·         Sitio a nombre de una cooperativa de la cual el postulante es socio

·         Cesión de derechos inscrita del terreno a favor del postulante (Ley 19.253 de octubre de 1993)

·         Certificado emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales (si es necesario)

  • Contar con los Certificados de Informaciones Previas y Factibilidad de Dación de Servicio

Fuente: Minvu.cl