martes, marzo 18

PERMISOS DE CIRCULACION 2014

Permite que automóviles, camionetas, motos y otros vehículos puedan circular por las calles del país en forma legal. Recuerde que antes de obtener o renovar el permiso de circulación, debe consultar si registra multas de tránsito no pagadas.

Fechas de pago

  • Del 1 de febrero al 31 de marzo de 2014: automóviles particulares, motocicletas, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres, automóviles de alquiler de lujo, de turismo o de servicios especiales, station wagons y camionetas. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, hasta 1.750 kilogramos de capacidad de carga, media unidad.
  • Mayo de 2014: taxis y buses.
  • Septiembre de 2014: vehículos de carga, motonetas, bicimotos, bicicletas con motor, tractocamiones, tractores agrícolas o industriales y máquinas automotrices. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, mayor a 1.750 kilogramos de capacidad de carga.

Valores

 Cada año, el Servicio de Impuestos Internos (SII) hace una tasación oficial de los automóviles, para determinar el valor de cada permiso.


 Lugares de pago

 

Formas de pago

  • Efectivo.
  • Tarjetas de crédito.
  • Cheque al día.
  • En dos cuotas: para automóviles, la primera (equivalente al 50%) se paga hasta el 31 de marzo. Este beneficio es efectivo sólo para quienes no tienen multas impagas.

 

Documentos requeridos (vehículos usados)

  • Permiso de circulación anterior.
  • Certificado de homologación (si corresponde) o revisión técnica vigente.
  • Póliza del seguro automotriz obligatorio, que debe cubrir el período de vigencia del permiso de circulación.
  • Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción en el Servicio de Registro Civil.

 

Documentos requeridos (vehículos nuevos)

  • Factura de compra (incluye la copia).
  • Inscripción en el Servicio de Registro Civil.
  • Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
  • Póliza de seguro automotriz obligatorio con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.
Los vehículos nuevos pagarán el permiso en forma proporcional a cada uno de los meses que faltan para completar el año.

 

Multas

 El permiso se puede obtener sólo si el vehículo no presenta multas de tránsito impagas. En caso contrario, debe cancelar en la tesorería municipal de la comuna donde le cursaron el parte o directamente en los centros habilitados para obtener el permiso de circulación. Consulte multas de tránsito no pagadas.

 

Vehículos que no circulan durante el año

 Si el vehículo no ha circulado o no circulará durante todo el año, se debe pagar un derecho municipal e indicar el motivo en una declaración jurada simple.

El plazo vence el 30 de noviembre de cada año.

 

Si el permiso no se paga

 El propietario puede quedar como moroso, se expone a intereses extras y a multas policiales (el vehículo puede ser retirado de cirulación si es sorprendido en la vía pública). Además, al momento de renovar la patente se aplicará una multa correspondiente al 1,5% del valor del permiso respectivo, que se calcula con al IPC.

INJUV: TARJETA JOVEN

¿CÓMO OBTENERLA?

La Tarjeta Joven es totalmente gratis y la puedes obtener si tienes entre 15 y 29 años. Para eso tienes tres opciones:
Vía Internet:
Entra al siguiente formulario e ingresa todos tus datos.
Luego podrás retirarla en las direcciones regionales de tu ciudad.
Vía presencial:
Acércate a las direcciones regionales del INJUV. En Santiago puedes hacerlo en calle Príncipe de Gales 84, comuna de Santiago (metro Moneda).
Vía ChileAtiende: 
Acércate a cualquiera de las oficinas de ChileAtiende a lo largo del país, y dile a tu ejecutivo de atención que quieres solicitar tu Tarjeta Joven. En un máximo de 10 días hábiles podrás retirarla en la misma oficina donde la pediste.

¿CÓMO UTILIZARLA?

Para encontrar tus convenios debes hacer click en la categoría “Beneficios y Descuentos”., en www.injuv.gob.cl. Allí podrás revisarlos por categoría o filtralos por región.

lunes, marzo 17

PRIMERA CORRIDA FAMILIAR


Fondo concursable de discapacidad, área inclusión laboral (línea microemprendimiento)

Descripción

Permite acceder a financiamiento total o parcial para el desarrollo de un emprendimiento o un negocio, que permita a las personas con discapacidad y a sus familias desplegar su potencial emprendedor.
Postulación: hasta el 24 de marzo de 2014 (a las 14:00 horas).

1. Beneficiarios

  • Personas naturales con discapacidad, mayores de 18 años.
  • Personas naturales sin discapacidad, mayores de 18 años, que cumplen los siguientes requisitos:
    • Ser jefes o jefas de hogar (es decir, la persona reconocida como tal por los demás miembros del hogar).
    • Estar a cargo de un niño menor de seis años, con discapacidad. El menor no requiere inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND), sino sólo el diagnóstico firmado por su médico tratante, y plan de tratamiento, según anexo 8 de las bases.
    • Ser responsable de una persona mayor de seis años y hasta 18 años, con discapacidad, inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad.
    • Estar a cargo de una persona mayor de 18 años con discapacidad inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad en situación de dependencia, acreditada mediante anexo 7.
    • 2. Documentos requeridos

    • Fotocopia de la cédula de identidad.
    • Antecedentes proyecto y proponente: anexo 1 para todos los proponentes.
    • Carta compromiso difusión: anexo 2 para todos los proponentes.
    • Ficha de capacitación o talleres: anexo 3, en caso que se considere realizar una capacitación o taller dentro del contexto del proyecto.
    • Currículum vitae del acompañante técnico: anexo 4, en caso de tener considerado una persona acompañante técnico para el proyecto.
    • Carta de compromiso de cofinanciamiento: anexo 5, en caso de contar con cofinanciamiento.
    • Declaración jurada simple de jefatura de hogar: anexo 6, en caso de estar postulando como persona natural sin discapacidad.
    • Declaración que valore el grado de dependencia de la persona con discapacidad y el índice sobre el que se midió: anexo 7, en caso de estar postulando como persona natural sin discapacidad a cargo de una persona mayor de 18 años con discapacidad (con RND) en situación de dependencia.
    • Anexo 12, índice de Barthel (valorización de la funcionalidad).
    • Plan de Tratamiento de la persona que está a cargo del postulante: anexo 8, en caso de estar postulando como persona natural sin discapacidad a cargo de un menor de seis años. Incorpore el diagnóstico firmado por el médico tratante.
    • Declaración jurada simple de residencia del/la jefe de hogar y de estar a cargo de una persona con discapacidad: anexo 9, en caso de estar postulando como persona natural sin discapacidad a cargo de una persona menor de seis años, mayor de 6 años y hasta 18 años con discapacidad y RND, mayor de 18 años con RND y en situación dependencia (según anexo 7).
    • Documento del banco o libreta de ahorro (puede ser fotocopia).

BONO MARZO 2014 (aporte familiar permanente de marzo)

Actualmente, el aporte familiar permanente de marzo (también conocido como Bono Marzo) es unproyecto de ley despachado para su discusión en el Congreso Nacional.      Ya fue aprobado por la Cámara de Diputados y se espera que dentro de los próximos días pase al Senado.
Una vez que sea aprobado por ambas cámaras, se transformará en una ley de la República que entregará a las familias de menores ingresos que cumplan los requisitos, un aporte monetario permanente y reajustable el 1 de marzo de cada año.

BENEFICIARIOS
1. Recibirán $40 mil por cada persona causante de alguno de los siguientes beneficios (que sean beneficiarias al 31 de diciembre de 2013):
Nota: cada causante sólo dará derecho a un aporte familiar permanente, aun cuando el beneficiario estuviera acogido a diversos regímenes previsionales y desempeñara trabajos diferentes.
2. Recibirán $40 mil por familia aquellos grupos familiares que, al 31 de diciembre de 2013, sean usuarias de alguno de los siguientes subsistemas:
  • Seguridades y Oportunidades.
  • Chile Solidario.
Nota: las familias recibirán los $40 mil por grupo siempre que no sean beneficiarias de subsidio familiar, o asignación familiar o maternal.

 FECHA DE PAGO
 El pago del aporte permanente estará a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS), y será realizado en una sola cuota, durante marzo de cada año.
A quienes cumplan los requisitos, el Bono Marzo 2014 será pagado a contar de una fecha que será informada a través de sitios oficiales y de los medios de comunición. De todos modos, según el proyecto de ley, la bonificación debería comenzar a ser pagada antes del 1 de mayo.