Con fecha 25 de marzo del presente año, el Consejo Regional de Santiago aprobó financiar la ejecución de dos proyectos en nuestra comuna, a saber:
lunes, mayo 11
jueves, mayo 7
miércoles, mayo 6
POSTULA A BECA PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES
Primera Convocatoria Año 2015 |
La Ley N°20.742, publicada el 1°
de abril de 2014 en el Diario Oficial, le otorgó a la Subsecretaría de
Desarrollo Regional y Administrativo la facultad para crear y administrar el
Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales a través de la Academia
de Capacitación Municipal y Regional, disponiendo de financiamiento anual vía
Ley de Presupuestos. El Fondo está destinado a la formación de funcionarios
municipales en competencias específicas, habilidades y aptitudes que requieran
para el desempeño de su cargo. Podrá financiar estudios conducentes a la
obtención de un título técnico, profesional, diplomado o postítulo. El
funcionario beneficiado con una beca del Fondo deberá desempeñarse en la
municipalidad la misma cantidad de años estudiados.
¿QUÉ ESTUDIOS FINANCIA EL FONDO Y COMO SE DECIDIRÁN LOS
CONTENIDOS?
Las áreas de estudios que se
financiarán con los recursos del Fondo son aquellas cuyos contenidos estén
directamente relacionados con materias afines a la gestión y funciones propias
de las municipalidades. Entre otros aspectos, las municipalidades deberán
elaborar un plan anual de áreas prioritarias de estudio financiables por esta
vía, criterios de selección de los postulantes y las condiciones que permitan
el acceso igualitario de sus funcionarios a este beneficio. El plan anual
deberá ser presentado al Concejo Municipal junto con el presupuesto. La
postulación al Fondo se realizará a través de una convocatoria pública para
cada uno de los estudios técnico, profesional, diplomado y postítulo, la que se
difundirá por medio de avisos publicados en un diario de circulación nacional y
de la página web de la Academia.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA POSTULAR?
Ser funcionario de planta o
contrata, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad
inmediatamente anteriores al momento de la postulación.
No haber sido sancionado con
medida disciplinaria en los últimos cuatro años ni estar sometido, al momento
de la postulación, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad
de inculpado.
No encontrarse, al momento de la
postulación, formalizado en un proceso penal.
No mantener, a la fecha de la
postulación, deudas con la municipalidad o con instituciones públicas derivadas
del otorgamiento de becas.
Otros requisitos mínimos para
postular son definidos en el Reglamento del Fondo de Becas.
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DEL FONDO O BECA DE CAPACITACIÓN?
Un monto equivalente al costo
total o parcial del arancel más matrícula por la totalidad de duración del
programa académico de formación técnica, profesional, diplomado o postítulo
según lo solicitado por el becario en la postulación al respectivo concurso.
Una asignación mensual de
manutención por un máximo de 13 UTM, por un máximo de 2 años.
Plan Anual de Municipalidades al
Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales, ingresar aquí
martes, mayo 5
A partir del 1 de mayo IPS comenzó a pagar el Bono Invierno 2015
El Bono corresponde a $55.094 pesos que serán cancelados a cerca de 1 millón de pensionados en todo el país, los cuales deben tener como tener más de 65 años de edad y recibir una pensión inferior o igual a $ 144.224.
El Bono Invierno es un beneficio que se entrega durante el mes de mayo a los pensionados y pensionadas que cumplan con los requisitos que fija la ley, para ayudarles a enfrentar los gastos propios de la época invernal.
¿Cuánto es el monto del bono?
El monto del beneficio este año es de $ 55.094 por pensionado. El bono es de cargo fiscal; no es imponible ni tributable ni afecto a descuento alguno.
¿A quiénes beneficia?
Tienen derecho al Bono de Invierno los siguientes grupos de pensionados, que tengan 65 o más años:
- Del Instituto de Previsión Social.
- De pensiones básicas solidarias.
- Del Instituto de Seguridad Laboral.
- De la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca)
- De la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
- De las Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo.
- Del Sistema de AFP que reciban pensiones mínimas con Garantía Estatal y quienes en ese sistema reciban Aporte Previsional Solidario de Vejez.
Para recibir el bono, todas las personas anteriores deben cumplir con los requisitos siguientes:
- Tener 65 o más años de edad, al 1º de mayo de 2015.
- El monto de su pensión debe ser inferior o igual a $ 144.224.
Quienes sean titulares de más de una pensión, sólo tendrán derecho a un Bono de Invierno, siempre que la suma de las pensiones que perciban, de cualquier tipo, no supere los $144.224.
¿Cuándo se hará efectivo el pago del bono?
En el caso de los beneficiarios del IPS, el bono se incluirá en la liquidación de pago de pensión del mes de mayo de 2015. Es decir, recibirán este beneficio en su fecha y lugar de pago, ya programada y conocida, durante el mes de mayo.
Las personas no tendrán que hacer trámites adicionales para recibir el beneficio.
¿Cuántos beneficiarios del IPS recibirán este bono?
Hasta ahora, se estima que, a nivel nacional, cerca de 1 millón de personas recibirán el bono de invierno, entre beneficiarios del IPS y de las otras instituciones de previsión.
Para la entrega del bono se estima un gasto cercano a los 55 mil millones de pesos.
Cabe señalar que, desde el año pasado -gracias a una de las primeras medidas del Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet- no se considera el Aporte Previsional Solidario como parte de la pensión base que sirve de tope para la entrega del Bono de Invierno. Esto significó que, desde el 2014, más de 350 mil personas adicionales en total estén recibiendo este beneficio, en comparación con lo que ocurría antes del año 2014 (esa personas están hoy incluidas dentro del millón de beneficiarios).
Fuente: http://www.ips.gob.cl/
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