miércoles, mayo 6

POSTULA A BECA PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES




Primera Convocatoria Año 2015


La Ley N°20.742, publicada el 1° de abril de 2014 en el Diario Oficial, le otorgó a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo la facultad para crear y administrar el Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales a través de la Academia de Capacitación Municipal y Regional, disponiendo de financiamiento anual vía Ley de Presupuestos. El Fondo está destinado a la formación de funcionarios municipales en competencias específicas, habilidades y aptitudes que requieran para el desempeño de su cargo. Podrá financiar estudios conducentes a la obtención de un título técnico, profesional, diplomado o postítulo. El funcionario beneficiado con una beca del Fondo deberá desempeñarse en la municipalidad la misma cantidad de años estudiados.

¿QUÉ ESTUDIOS FINANCIA EL FONDO Y COMO SE DECIDIRÁN LOS CONTENIDOS?
Las áreas de estudios que se financiarán con los recursos del Fondo son aquellas cuyos contenidos estén directamente relacionados con materias afines a la gestión y funciones propias de las municipalidades. Entre otros aspectos, las municipalidades deberán elaborar un plan anual de áreas prioritarias de estudio financiables por esta vía, criterios de selección de los postulantes y las condiciones que permitan el acceso igualitario de sus funcionarios a este beneficio. El plan anual deberá ser presentado al Concejo Municipal junto con el presupuesto. La postulación al Fondo se realizará a través de una convocatoria pública para cada uno de los estudios técnico, profesional, diplomado y postítulo, la que se difundirá por medio de avisos publicados en un diario de circulación nacional y de la página web de la Academia.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA POSTULAR?
Ser funcionario de planta o contrata, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad inmediatamente anteriores al momento de la postulación.
No haber sido sancionado con medida disciplinaria en los últimos cuatro años ni estar sometido, al momento de la postulación, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado.
No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso penal.
No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas.
Otros requisitos mínimos para postular son definidos en el Reglamento del Fondo de Becas.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DEL FONDO O BECA DE CAPACITACIÓN?
Un monto equivalente al costo total o parcial del arancel más matrícula por la totalidad de duración del programa académico de formación técnica, profesional, diplomado o postítulo según lo solicitado por el becario en la postulación al respectivo concurso.
Una asignación mensual de manutención por un máximo de 13 UTM, por un máximo de 2 años.

Plan Anual de Municipalidades al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales, ingresar aquí


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