COMPRA DE VIVIENDA NUEVA O USADA
Desde el 19 al 31 de mayo (18:00 horas) estarán disponibles las postulaciones al primer llamado del #SubsidioClaseMedia DS1
- El ahorro mínimo – que depende del tramo al que quieras postular- debe estar depositado y reflejado como saldo disponible en la cuenta para la vivienda antes del 30 de abril (14:00 horas).
- No se exigirá pre-aprobación de crédito hipotecario.
- Las cédulas de identidad para chilenos vencidas o por vencer durante los años 2020 o 2021 se considerarán vigentes.
- Los postulantes a construcción en sitio propio que hayan postulado al segundo llamado de 2019, al primero de 2020 o al segundo de 2020 y no resultaron seleccionados se les considerará los documentos de acreditación del terreno y factibilidades presentados en dichos llamados. Para quienes no hayan postulado en esos llamados, estos documentos deben haber sido emitidos a partir del 1 de enero de 2020.
- Las cédulas de identidad para extranjeros vencidas o por vencer durante los años 2019, 2020 o 2021 se considerarán vigentes siempre que cuenten con un permiso de residencia.
COMPRA DE VIVIENDA EN SITIO PROPIO
- Tener mínimo 18 años de edad.
- Contar con Cédula Nacional de Identidad.
- Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros con permanencia definitiva y Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
- Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses (abierta hasta el 30 de abril de 2020)
- Acreditar que el ahorro exigido en cada tramo esté depositado y reflejado como saldo disponible en la cuenta de ahorro para la vivienda a más tardar el 30 de abril hasta las 14:00 hrs. A partir de esa fecha no deberá efectuar giros en la cuenta.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el porcentaje de calificación socioeconómica que exige la alternativa de subsidio a la que desea postular.
En caso de postular colectivamente el grupo debe:
- Tener un mínimo de 2 integrantes.
- Postular a través de una Entidad Patrocinante.
- Acreditar la disponibilidad de un terreno por medio de alguna de las siguientes Alternativas:
- Inscripción del sitio a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.
- Inscripción del sitio a nombre del grupo organizado.
- Certificado Conadi en caso de tierras indígenas.
- Usufructo o derecho real de uso del terreno a favor del postulante.
- Derechos en comunidades agrícolas.
- Sitio a nombre de una cooperativa de la cual el postulante es socio.
- Cesión de derechos inscrita del terreno a favor del postulante (Ley 19.253 de octubre de 1993).
- Certificado emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales (si es necesario).
- Contar con los Certificados de Informaciones Previas y Factibilidad de Dación de Servicios.
Fuente: Minvu.gob.cl
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