miércoles, junio 10

POSTULA AL SUBSIDIO PARA LA VIENDA FONDO SOLIDARIO DS 49


AHORRO DESDE 10 UF. PLAZO DE DEPOSITO 30 DE JUNIO HASTA LAS 14:00 horas

REQUISITOS PARA POSTULAR 
1.- Ser mayor de 18 años *, contar con Cédula Nacional de Identidad vigente.

2.- Contar con el ahorro mínimo exigido de 10 UF, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda a nombre de la persona que postule al último día hábil del mes anterior al de postulación y sin giros posteriores (por ejemplo: si se postula en noviembre el depósito debe quedar registrado a más tardar el último día hábil de octubre). En caso de detectarse giros posteriores a dicha fecha, la postulación quedará sin efecto, se excluirá a la persona beneficiaria de la nómina de selección o se producirá la caducidad del certificado de subsidio. Es recomendable que conozca los cargos que la entidad financiera en la cual mantiene su ahorro pueda hacer en su cuenta, con el objeto de asegurarse que efectivamente posea el monto mínimo requerido para postular. 

3.- Contar con Ficha de Protección Social (FPS) vigente y tener en ella un máximo de 8.500 puntos de Carencia Habitacional, a excepción de las postulaciones colectivas, donde un 30% de los integrantes del grupo podrán superar esta cifra llegando hasta los 13.484 como puntaje máximo de Carencia Habitacional en la FPS.

4.- Si la persona que postula estuviera divorciada y el cónyuge de ésta hubiese recibido un beneficio con anterioridad o tuviese una propiedad inscrita a su nombre, quien postule deberá presentar el certificado de matrimonio con la correspondiente subinscripción de divorcio. En caso de separados de hecho, deben acreditar el inicio del trámite de divorcio (copia autorizada de la demanda con constancia de su notificación). El proceso de divorcio debe haber concluido antes de la entrega de la vivienda.

*En caso de ser extranjero debe contar con el Certificado de Permanencia Definitiva que conste con una antigüedad mínima de 5 años.

Documentos a presentar

1.- Fotocopia Cedula de identidad, del postulante y de los mayores de 18 años del núcleo familiar*.

2.- Fotocopia Libreta de Ahorro o documento que la remplace, emitido por la entidad receptora de ahorro. 

3.- Formularios formato Minvu**, Declaración de Núcleo Familiar, Declaración Jurada de Postulación y Formulario Mandato de Ahorro. 

*Para acreditar condiciones especiales como discapacidad y pertenencia a etnia indígena, se requieren certificados COMPIN y CONADI respectivos. Las personas divorciadas o que anularon su matrimonio deben presentar el certificado de matrimonio con la correspondiente subinscripción. Si se encuentra separado de hecho debe acreditar el inicio del trámite de divorcio (copia autorizada de la demanda con constancia de su notificación)


  • Premio al Ahorro Adicional: este programa reconoce el esfuerzo de las familias que pueden ahorrar por sobre el mínimo exigido, es decir, que cuentan con más de 10 UF. 
Por cada una de las primeras 10 UF que excedan al ahorro mínimo requerido para postular, se entregará 1,5 UF adicionales. Es decir, si se postula con un ahorro de 20 UF, el Estado entregará un aporte de 15 UF más.
De igual forma, por cada una de las siguientes 10 UF de ahorro adicional, se entregará 1 UF más. 
Por ejemplo, si una familia postula con 30 UF de ahorro el Estado le entregará 25 UF adicionales.

Ahorro Propio en UF
10
11
12
13
20
21
22
24
30
Subsidio al ahorro adicional
0
1,5
3
4,5
15
16
17
19
25
Total ahorro en UF
10
12,5
15
17,5
35
37
39
43
50

  • Subsidio de Construcción en Altura (exclusivo para postulaciones colectivas): 110 UF para edificios de tres pisos o más. 
  • Subsidio por Grupo Familiar: Se entregarán 70 UF más para la construcción de un dormitorio adicional.
1.   Dormitorio para Adultos Mayores: si una familia de más de 3 integrantes vive con un adulto mayor, este programa permite la construcción de un dormitorio adicional para que el adulto mayor viva con su familia.
2.   Dormitorio para Familias Numerosas: en el caso de que una familia cuente con cinco integrantes o más, este programa permite la construcción de un dormitorio adicional, el cual se conforma como un nuevo recinto de la vivienda, lo que otorga mayor comodidad y más espacio.
  • Equipamiento para personas en situación de discapacidad: las familias que contemplen dentro de su núcleo un integrante que presente algún tipo de discapacidad, podrán acceder a un subsidio de 20 u 80 UF, dependiendo de las condiciones de movilidad de la persona y las obras que se ejecuten en la vivienda. Este subsidio complementario busca mejorar las condiciones de la vivienda.
*Si tras sumar el ahorro, el aporte adicional (si corresponde) y el subsidio habitacional, el resultado supera el precio de venta, se reducirá el monto del subsidio hasta alcanzar el precio de la vivienda.

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