Descripción:
Permite a quienes
no tienen derecho a una pensión en algún régimen previsional acceder a un monto
de 107 mil 304 pesos.
Éste se
reajustará automáticamente el 1 de julio de cada año, en el 100% de la
variación del Índice
de Precios al Consumidor (IPC) de los últimos 12 meses,
contados desde el último reajuste. No obstante, cuando la variación del IPC
supere el 10%, el reajuste será inmediato, aunque no hayan transcurrido 12
meses.
Este beneficio está sujeto a un proceso de revisión por parte del
Instituto de Previsión Social (IPS), destinado a verificar
que el beneficiario mantiene todos los requisitos exigidos por la ley.
El trámite se puede realizar durante todo el año en en el sitio
web IPS en Línea o en las oficinas
ChileAtiende.
¿A quién está dirigido?
Personas que:
·
Tengan, a lo menos, 65 años de edad al momento de la solicitud.
·
No tengan derecho a percibir pensión en ningún régimen
previsional, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de pensión de
sobrevivencia.
·
Integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la
población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional, lo cual
significa que:
a.
Deben contar con un puntaje menor o igual a 1.206 puntos.
b.
Este puntaje se obtiene de la información que entrega el
Ministerio de Desarrollo Social por la calificación del Registro Social de
Hogares (RSH) y el Servicio de Impuestos Internos (SII).
c.
Quienes aún no han sido encuestadas para obtener la ficha tienen
que solicitar este trámite en su municipio.
·
Acrediten residencia en el territorio chileno por un período de
20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplieron 20 años de
edad. En el caso de chilenos carentes de recursos, el periodo será contado
desde su fecha de nacimiento.
·
Hayan vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco
años anteriores a la solicitud. Al respecto, cabe destacar que:
a.
Los beneficiarios que están inscritos en la oficina nacional de
retorno y diplomáticos (aplicable sólo a chilenos) podrán conmutar los años de
exilio como residencia.
Importante: pensionados por gracia,
pensionados exonerados políticos, pensionados por ley Rettig y ley Valech, que
sólo gocen de este beneficio, tienen derecho a complementar dicho beneficio
hasta el monto de la PBSV.
¿Qué necesito para hacer
el trámite?
Cédula
de identidad.
Si
el trámite es realizado por un apoderado, debe presentar el respectivo poder
notarial.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo.
¿Qué vigencia tiene?
El beneficio se
mantendrá vigente mientras el pensionado cumpla los requisitos y no se ausente
del país por un período de 90 días o más durante el año-calendario (de enero a
diciembre).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Puedes acudir a nuestro Municipio al Departamento de Acción Social y desde ahí realizar la postulación.
FUENTE: CHILEATIENDE.CL
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