martes, mayo 5

Permiso temporal para salir en cuarentena

Descripción
Permite a las personas acceder al permiso temporal para desplazarse desde las comunas que se encuentran en cuarentena, a raíz de la emergencia sanitaria que enfrenta Chile por el Coronavirus (COVID-19).
Características de este permiso
  • Se solicita con la información de la cédula de identidad (RUN y número de documento), pasaporte (número del documento) o ClaveÚnica.
  • Sólo puede ser solicitado directamente por quien se trasladará de un lugar a otro.
  • Son personales, únicos e intransferibles y pierden su vigencia una vez vencido el plazo por el cual fueron otorgados. 
  • Los trámites que se autorizan a través de este permiso sólo pueden ser realizados por una persona. En el caso de que el permiso sea solicitado por personas con discapacidad o adultos mayores que no pueden desplazarse por sí solos, podrán realizar la actividad en compañía de otra persona.
  • En ningún caso pueden ser utilizados como salvoconducto al decretarse la medida de toque de queda por la autoridad.
Sanciones
Las personas que sean sorprendidas por Fuerzas Armadas y Carabineros transitando por una de las comunas con cuarentena total, y no cuenten con el permiso o autorización, arriesgarán sanciones que van desde multas hasta la privación de libertad.
Importante:
  • Cada persona podrá solicitar un máximo de siete permisos individuales a la semana, con excepción de quienes deban acompañar a personas con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad mental.
  • Las personas que deban pasar por una de las comunas en cuarentena para llegar a otra, no podrán bajar del medio de transporte en que el vayan viajando.
  • Las personas que vayan desde el aeropuerto hacia las comunas en cuarentena, deberán mostrar la tarjeta de embarque en caso de control sanitario o fiscalización.
El trámite se puede realizar en Comisaría Virtual de Carabineros de Chile. La vigencia del permiso se iniciará 15 minutos después de haber sido solicitado en la plataforma de Comisaria Virtual.
No confundir permiso temporal con el salvoconducto. El permiso sirve para transitar por comunas en cuarentena total por el Coronavirus (COVID-19), y el salvoconducto para transitar en toque de queda.

A quienes deban:
  • Asistir a centros, servicios y establecimientos de salud por hora agendada con anterioridad y/o tratamiento médico. En este caso, la persona puede ir con un acompañante. Duración: 12 horas de libre tránsito.
  • Asistir a farmacias, supermercados, mercados y/o lugares de venta de insumos básicos, ya sea para la compra de alimentos, medicamentos y/u otros insumos básicos. Duración: tres horas de libre tránsito, máximo dos veces a la semana.
  • Cuidar o acompañar a personas con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad mental, ya sea de origen psíquico o intelectual, con su respectivo cuidador, cuidadora o acompañante, quienes deberán exhibir a la autoridad fiscalizadora (Carabineros o Fuerzas Armadas) la credencial de discapacidad, certificado de discapacidad del Registro Civil o certificado médico que indique el diagnóstico Trastorno del Espectro Autista. El permiso deberá ser solicitado con el número de la cédula nacional de identidad de la persona con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad mental. Duración: dos horas.
  • Pasear a mascotas o animales que estén bajo su cuidado, con desplazamiento reducido dentro de las dos cuadras a la redonda del domicilio o residencia. Duración: 30 minutos, máximo dos veces al día.
  • Pago de servicios básicos; cobros de pensiones, subsidios o beneficios estatales, seguros de cesantía; y, gestiones bancarias o notariales. Sólo podrá ser solicitado de lunes a viernes. Duración: tres horas, máximo dos veces a la semana.
  • Regresar al lugar de residencia habitual desde un lugar que se encuentra con la medida de cordón sanitario. La autorización de tránsito se otorgará sólo por 24 horas. Cuando la persona llegue a su hogar, debe cumplir cuarentena obligatoria por 14 días. 
  • Asistir a funerales de familiares directos. Duración: cinco horas de libre tránsito si reside en la misma región del funeral y, 24 horas si el funeral es en otra región. 
  • Retirar alimentos desde organismos públicos, tales como Junaeb u otros. Duración: seis horas de libre tránsito, máximo una vez a la semana.
  • Llevar alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad a adultos mayores, evitando el contacto directo o físico con los mismos. Duración: dos horas de libre tránsito, máximo dos veces a la semana. 
  • Presentarse a una citación a la que un abogado u otra persona deba asistir de acuerdo a lo que dice la ley. La persona solicitante deberá adjuntar copia de la citación judicial respectiva. Duración: hasta el cumplimiento de la gestión.
  • Llevar a recintos penitenciarios, de acuerdo a las reglas dispuestas por Gendarmería de Chile, alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad. Duración: 3 horas de libre tránsito, máximo dos veces a la semana.
  • Cambiarse de domicilio o mudanza. Duración: 24 horas de libre tránsito, por una sola vez.
  • Traslado de niños, niñas o adolescentes menores de 18 años entre las casas de sus padres o tutores, conforme al acuerdo existente entre el padre, madre y/o los encargados del cuidado personal, según corresponda, o de conformidad al régimen de relación directa y regular establecido en la resolución emanada del respectivo tribunal competente. El solicitante (padre, madre o cuidador) deberá indicar el nombre y las cédulas nacionales de identidad de los padres o del cuidador o los cuidadores encargados del cuidado personal y del niño, niña o adolescente, los domicilios de estos y tiempo de visita. No es válido si presentan síntomas del COVID-19 el padre, madre o familiar que viva en el lugar; o, el niño, niña o adolescente.
  • Permiso para ejercer el derecho del niño, niña o adolescente menor de 18 años de mantener relaciones personales y contacto con sus padres o el o los encargados del cuidado personal, cuando no exista un régimen de relación directa y regular establecido con anterioridad. Este permiso se podrá solicitar sólo por una vez a la semana indicando el tiempo de visita acordado por el padre, madre o el o la o los encargados del cuidado personal. Para efectos del otorgamiento de este permiso, el solicitante (padre, madre o cuidador) deberá indicar el nombre y las cédulas nacionales de identidad de los padres o el o la o los cuidadores, el del niño, niña o adolescente, los domicilios de éstos y el tiempo de la visita. No es válido si presentan síntomas del COVID-19 el padre, madre o familiar que viva en el lugar; o, el niño, niña o adolescente.
  • Otros casos que la autoridad competente autorice.
Fuente: www.chileatiende.cl

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