Descripción
La postulación permite obtener apoyo económico para la adquisición de una vivienda nueva o usada, o construcción de una en un sitio propio o en un terreno en el que ya exista otra vivienda, en sectores urbanos o rurales.
Importante por motivos de la emergencia sanitaria, se podrá postular accediendo a alguna de las siguientes opciones:
- Postulación automática: quienes hayan postulado al segundo llamado del Subsidio Clase Media DS1 de 2019 y no hayan cambiado sus condiciones, recibirán una propuesta de postulación por mensaje de texto o correo electrónico que pueden aceptar o rechazar su participación en el nuevo proceso.
- Postulación en línea: permite postular con ClaveÚnica sin la necesidad de acudir a un centro de atención. Esta modalidad está dirigida a aquellas familias que no postularon en el segundo llamado 2019 (nuevos postulantes o postulantes de llamados anteriores al segundo llamado 2019).
- Postulación vía Formulario de Atención Ciudadana: quienes no puedan acceder a la postulación automática o en línea, podrán postular a través del formulario de atención ciudadana, adjuntando a la solicitud el formulario de postulación.
Ahorro mínimo: 80 Unidades de Fomento (UF) para comprar una vivienda y 50 UF para construir, disponibles en la cuenta de ahorro para la vivienda, disponibles al 30 de abril de 2020.
Primer llamado de postulación: del 15 de mayo al 4 de junio de 2020.
A personas que tengan capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios. Pueden postular chilenos y chilenas, y también extranjeras y extranjeros, mayores de 18 años, que:
- Cuenten con un ahorro mínimo de 80 Unidades de Fomento (UF), en una cuenta de ahorro para la vivienda, a nombre del postulante o de su cónyuge.
- No superen el tramo del 90% más vulnerable según en el Registro Social de Hogares.
- Sean sujetos de crédito hipotecario o cuenten con aportes adicionales para financiar la vivienda, los que deben estar depositados en la cuenta de ahorro de la postulación y corresponder a un ahorro mínimo de 400 UF.
- No se encuentren en algunas de las siguientes situaciones (esto aplica para el postulante, cónyuge, conviviente u otro integrante del grupo familiar):
- Ser propietarios, propietarias o asignatarios de una vivienda, infraestructura sanitaria o sitio; en este último caso, sólo se puede postular para construir en dicho sitio, a menos que los terrenos en cuestión no sean aptos para construir una vivienda (lo que deberá ser acreditado ante la respectiva SEREMI de Vivienda y Urbanismo).
- Ser beneficiarios o beneficiarias de un subsidio habitacional o poseer un certificado de subsidio habitacional vigente.
- Estar postulando a cualquier otro programa habitacional.
- Haber sido declarados como integrantes del grupo familiar de una persona que fue beneficiada en un llamado anterior (últimos tres años antes de la convocatoria).
- El monto total del ingreso mensual neto del núcleo familiar declarado no exceda las 60 UF. Para familias de la zona norte, región de Magallanes, provincia de Palena, Chiloé y las comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández. El ingreso máximo mensual declarado no debe superar las 75 UF.
Importante:
- Para la postulación en línea se debe contar con ClaveÚnica del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
- Obtenga más información.
Se pueden adquirir viviendas para uso habitacional del beneficiario y su familia, con un subsidio máximo de:
- Entre 400 y 140 Unidades de Fomento (UF), para viviendas de hasta 2.400 UF, para postulantes de las regiones de Arica y Parinacota hasta Atacama.
- Entre 450 y 140 UF para viviendas de hasta 2.400 UF, para la provincia de Chiloé.
- Entre 350 y 125 UF, para viviendas de hasta 2.200 UF, para postulantes de las regiones de Coquimbo a Los Lagos.
- Entre 525 UF y 140 para viviendas de hasta 2.400 UF, para postulantes de las regiones de Aysén, Magallanes y la Antártica Chilena; provincia de Palena, comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández.
Se pueden construir viviendas para uso habitacional del beneficiario y su familia, con un subsidio máximo de:
- Entre 350 y 125 UF, para viviendas de hasta 2.200 UF, para postulantes de las regiones de Arica y Parinacota hasta Atacama y la provincia de Chiloé.
- 350 UF, para viviendas de hasta 2.400 UF, para postulantes de las regiones de Coquimbo a Los Lagos.
- 450 UF para viviendas de hasta 2.400 UF, para postulantes de las regiones de Aysén, Magallanes y la Antártica Chilena; provincia de Palena, comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández.
- Cédula de identidad vigente para postulantes chilenos y extranjeros (original y fotocopia).
- Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados de cada miembro mayor de 18 años del grupo familiar.
- Declaración de núcleo familiar (formulario D-1), que señala la prohibición de postular por tres años (a excepción del cónyuge del postulante) a los mayores de 18 años.
- Declaración jurada de postulación firmada (formulario D-2).
- En caso de extranjeros certificado de permanencia definitiva (con una vigencia máxima de 180 días).
- Libreta de ahorro con un mínimo de 12 meses de antigüedad desde su apertura (original y fotocopia) o certificación en que conste el número y tipo de cuenta en caso de entidad financiera con consulta en línea como: BancoEstado, Banco Desarrollo de Scotiabank, Coopeuch y caja de compensación Los Andes.
- Certificado de mantención de cuenta, para acreditar ahorro en caso de una entidad financiera sin consulta en línea; es decir, aquéllas no mencionadas en el punto anterior.
- Mandato de ahorro simple, suscrito por el titular de la cuenta, en caso de que el ahorro esté en una entidad financiera que cuente con consulta en línea.
- Certificado de preaprobación de crédito o de precalificación como sujeto de crédito hipotecario:
- Otorgado por una entidad crediticia, por otra que ésta mandate o por Servicios de Bienestar que otorguen créditos con fines habitacionales.
- Debe señalar el monto mínimo y máximo de crédito, y el rango de precio de vivienda a comprar o construir.
- Que señale la fecha de emisión con antigüedad no superior a 60 días respecto al inicio del período de postulación.
- No se aceptan simulaciones de crédito.
- Este documento no es necesario en caso de construcción en sitio propio, o si el ahorro es superior a 400 UF.
- Certificado de dominio vigente a nombre del postulante o su cónyuge o del grupo organizado, si construye en sitio propio. El certificado no debe tener fecha de emisión anterior a 90 días corridos en relación con la fecha de postulación.
- Autorización notarial del propietario y certificado de dominio vigente a nombre del mismo, en caso de la densificación predial, con fecha de emisión no anterior a 90 días corridos en relación con la fecha de postulación.
- Certificado de matrimonio con la correspondiente subinscripción, en caso de que el postulante esté divorciado o haya anulado su matrimonio.
- Copia autorizada de demanda con constancia de su notificación, si el postulante se encuentra separado de hecho y acredita haber iniciado el trámite de divorcio (se recomienda presentar certificado de matrimonio). En este caso, no podrá incorporar al cónyuge como integrante del núcleo familiar.
- Certificado de defunción del cónyuge o libreta de matrimonio (original y fotocopia) en que conste el RUT y la inscripción del fallecimiento en caso de que el postulante sea viudo.
- Credencial de discapacidad, otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), en caso de que el postulante o algún miembro de su grupo familiar deba acreditar tal condición.
- El postulante o cónyuge que haya cumplido con el Servicio Militar en modalidad de conscripción ordinaria o en condición de acuartelado a partir del 2004, tiene que presentar el certificado emitido por la respectiva Unidad de Licenciamiento del Ejército, Armada o de la Fuerza Aérea de Chile, que acredite tal situación si desea obtener puntaje por este concepto.
Importante:
- Descargue los formularios requeridos.
Documentos opcionales:
Fuente: www.chileatiende.cl
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